Inicio de la Relación Comercial
Revisión de Carpeta de Arranque
Acreditación de Empresa
Acreditación de Personas
Acreditación de vehículos y licencias
Parada de Planta
Acreditación de Trabajadores
Para que una persona pueda ingresar a prestar servicios a Minera Los Pelambres, MLP, debe estar acreditada de acuerdo al estándar requerido por la compañía minera, esto con el fin de asegurar el cumplimiento de la normativa interna y mantener un control del personal que ingresa y sale de la faena.
Pases | Criterio |
Trabajador Contratista | Para todo trabajador que prestará servicios bajo un contrato de trabajo para un tercero distinto a la compañía. |
Capacitador | Relatores o profesionales que ingresan a prestar una capacitación directamente para la compañía y que lo hacen para una OTIC. |
Parada de Planta | Son trabajadores en las mismas condiciones del “Trabajador Contratista”, pero que sin embargo, la prestación de servicio se encuentra determinada para una parada de planta. Este pase solo es para los trabajadores que participan en una parada de planta determinada. |
Importante: cualquier tipo de pase distinto a los mencionados, debe ser gestionado con la compañía.
Aprobación del Pase
- Para la aprobación del pase debe cargar todos los requisitos, los cuales son obligatorios.
- La revisión de la documentación no superará las 48 horas hábiles de acuerdo a la hora de envío del correo electrónico a UCD de Sercol.
- Una vez sea revisada y aprobada la documentación, el pase será aprobado por el administrador de contratos de Minera Los Pelambres, con lo cual se permite el ingreso del trabajador a faena.
Requisitos para la aprobación del pase
Contrato
de trabajo
Anexo
de contrato
Inducción
SSO
Cédula de
identidad
Certificado
de estudios
Consentimiento para test de alcohol y drogas
ODI
ODI
Finiquito
anterior
Reglamento
interno
Certificado
de residencia
Certificado de salud y exámen de altura
Parámetros obligatorios del certificado de salud
Exámenes para enviar a policlínico área Puerto y Mauro
Exámen de altura física
IMC: = o ≥ a 32,5 Kg/m2
Glicemia: ≥ 126 mg/dL
Presión Arterial: Cifra de PA > 139/89 (no rectificada en conclusiones del informe).
Frecuencia Cardiaca : < 40 latidos por minuto
Test de alcohol y drogas: (Exámen preocupacional).
Exámenes para enviar a policlínico área Chacay – Mina
Exámen de altura geográfica
IMC: = o ≥ a 32,5 Kg/m2
Framinghan: Entre 6-9 % con IMC ≥ 30 Kg/m2
Mayor > o igual a 10% independiente del valor IMC
Colesterol LDL: ≥ 190 mg/dL
Trigliceridos: ≥ 500 g/dL
Presión arterial: Cifra de PA > 139/89 (no rectificada en conclusiones del informe).
Frecuencia cardiaca: < 40 latidos por minuto
Glicemia: ≥ 126 mg/dL
Hemoglobina alterada: < 12 ó ≥ 18,5 mg/dL en hombres
< 11 ó ≥ 17,5 mg/dL en mujeres
Test de alcohol y drogas: (Exámen preocupacional).
Inducción SSO
Todo trabajador que ingrese a prestar servicios a Minera Los Pelambres, deberá cumplir con la Inducción SSO de Minera Los Pelambres establecida en el Art. 21 del Decreto Supremo N°40.
La inducción y aprobación de la evaluación del curso es un requisito obligatorio establecido por la compañía y se encuentra dispuesto en los Requisitos Obligatorios de Acreditación Trabajador en la Plataforma SIGA.
La inducción para el trabajador tendrá una vigencia máxima de 24 meses desde el día en el que el trabajador la aprueba.
Las inducciones podrán realizarse de manera online, esta modalidad es la utilizada como medida de resguardo a la condición sanitaria del país producto del COVID-19.
La relatoría se desarrolla vía TEAMS y la evaluación en plataforma ARGOS.
Documentos necesarios para el proceso de Inducción
- Formato solicitud de inducción online.
(Formato se puede descargar en Documentos RRLL)
¿Cómo solicito la inducción?
Como empresa colaboradora debe enviar los antecedentes requeridos de él o los trabajadores a través del Formulario de Solicitud, enviando mail a induccionmlp@sercol.cl
Los cupos de asistencia a los respectivos cursos deben ser solicitados con a lo menos 24 horas de anticipación, de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas. De no contar con disponibilidad para el día requerido, se agendará para la fecha más próxima.
Acreditación a Extranjeros
Para la acreditación de trabajadores extranjeros, las empresas colaboradoras y el trabajador deben cumplir con el estándar establecido para todos los trabajadores contratistas que ingresan a prestar servicios en Minera Los Pelambres.
La diferencia radica en establecer la calidad migratoria del trabajador, la que debe permitir que pueda realizar actividades laborales remuneradas, de acuerdo a lo establecido por la Ley de Extranjería (Decreto Ley 1094).
La Ley establece las circunstancias en las cuales los inmigrantes o visitantes extranjeros pueden realizar labores remuneradas. Para dar cumplimiento, siempre que el trabajador sea extranjero se deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Cédula de identidad, pasaporte o DNI.
- Visa o permiso de trabajo con Visa en trámite. (Excepto extranjero con Visa definitiva).
Visa turista
- Copia de la Visa de Turista que indique la autorización de trabajo.
- Copia del pasaporte y/o cédula de identidad o DNI.
- Contrato de trabajo firmado ante notario por el empleador y el trabajador, en la que se individualicen las partes y la labor que desarrollará la persona.
- La vigencia máxima del pase debe ser la que autorice la Visa para realizar los trabajos (30 días).
- El resto de la documentación requerida para la acreditación de trabajadores.
Importante: la vigencia del permiso de trabajo con Visa de Turista será de máximo 30 días, prorrogables.
Visa sujeta a contrato
- Copia de la Visa Sujeta a Contrato en la que se indique el empleador, el que debe ser el mismo que solicita la acreditación.
- Copia de pasaporte y/o cédula de identidad o DNI.
- Contrato de trabajo firmado ante notario por el empleador y el trabajador, el que debe contener las cláusulas especiales.
- La vigencia máxima del pase debe ser la que autorice la Visa para realizar trabajos, la que no podrá exceder de los 2 años.
- El resto de la documentación requerida para la acreditación de trabajadores.
Visa temporaria
- Copia de la Visa Temporaria. Si es trabajador debe indicar el empleador, el que debe ser el mismo que solicita la acreditación.
- Copia del pasaporte y/o cédula de identidad o DNI.
- Si se trata de un trabajador profesional, el contrato de trabajo debe estar firmado por el empleador y el trabajador ante notario.
- La vigencia máxima del pase debe ser la que autorice la Visa para realizar trabajos, la que no podrá exceder de los 2 años.
- El resto de la documentación requerida para la acreditación de trabajadores.
Permanencia definitiva
Si el trabajador cuenta con permanencia definitiva, la que está indicada en su cédula de identidad, no se debe solicitar ningún documento adicional o especial, solo la documentación requerida para acreditar a cualquier trabajador de origen chileno.
Permiso especial de trabajo con visa en trámite
1. Poseer status de “Permiso de Trabajo con Visa en Tramite”.
2. Indicar el tipo de visa que se está tramitando.
3. Contener los antecedentes del trabajador extranjero (individualización).
4. Incorporar los antecedentes del empleador (el permiso será restrictivo al empleador indicado).
5. Incluir la vigencia.
Para el Usuario |
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Visa sujeta a contrato | Visa temporaria por motivos laborales | |
Flexibilidad | Permite trabajar solo con un empleador | Permite trabajar con uno o más empleadores |
Cambio de empleador significa costo adicional | Cambio de empleador no tiene costo adicional | |
No permite desarrollar otras actividades distintas a cumplir contrato del trabajo | Permite el desarrollo de cualquier actividad lícita (trabajo, estudios, emprendimiento, prestación de servicios) | |
Regularidad | Al acabar el contrato, se acaba la visa | Al acabar el contrato puede firmar un contrato nuevo sin pedir una nueva visa |
Acceso a permanencia definitiva | Permite solicitar permanencia definitiva después de 2 años de trabajo (continuidad laboral) | Permite solicitar permanencia definitiva despues de 1 año de trabajo (continuidad laboral) |
Para el empleador |
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Visa sujeta a contrato | Visa temporaria por motivos laborales |
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Contrato no tiene que tener cláusula de viaje |
Hay sanción para el empleador que no informa el finiquito de su trabajador | No está obligado informar el fin de la relación laboral |
Un titular de visa sujeta a contrato no puede contratarse sin antes pedir una visa con cláusulas especiales | Un titular de visa temporaria por motivos laborales puede ser contratado en condiciones similares a un chileno |